El certificado de aptitud es el documento, que en base la informe de la inspección técnica, señala si el edificio o vivienda es apto.
El certificado de aptitud con el siguiente resultado:
- Apto, si el edificio no presenta deficiencias, o las presenta simplemente de carácter leve.
- Apto provisional, si el edificio presenta deficiencias calificadas como de importantes.
- Apto cautelarmente, si el edificio presenta deficiencias calificadas como de graves o muy graves, en el caso de que éstas se hayan resuelto provisionalmente gracias a las medidas cautelares ya ejecutadas.
- O, en su defecto, como resolución denegatoria de aptitud, si el edificio presenta deficiencias calificadas como de graves o muy graves sin las medidas cautelares ejecutadas.
La vigencia del certificado de aptitud varia en función de la existencia, o no, de deficiencias en la vivienda o edificio:
- Si el edificio no presenta deficiencias, o son de carácter leve, su validez será de 10 años.
- Si el edificio presenta deficiencias importantes, su validez es de 6 años, con revisión bianual.
- Si el edificio presenta deficiencias graves o muy graves, pero se han ejecutado las medidas provisionales necesarias para reducir el riesgo, su validez será de 3 años, con controles cada 12 meses, para verificar que las medidas ejecutadas en el edificio se mantienen.