La compraventa del inmuebles supone un desembolso importante que en ocasiones necesitará de financiación .
La financiación se obtiene habitualmente a través de un préstamo bancario, que se garantiza mediante una hipoteca, que se inscribe en el Registro de la propiedad.
La hipoteca supone que la finca garantiza el cumplimiento de una obligación ( normalmente el pago de una deuda). Por ello es imprescindible al hacer la compraventas que las cargas hipotecarias estén canceladas o se vayan a cancelar.
En el caso que no pudieran cancelarse a tiempo, es imprescindible exigir el «certificado de saldo cero» o el comprador debe retener parte del precio. el certificado de saldo cero es un documento fundamental, ya que sin él no se podrá cancelar la carga hipotecaria
La cancelación hipotecara debe constar en el registro de la propiedad, y si se hace en el mismo momento de la compraventa, debe comparecer en la notaria un apoderado del Banco que firme la escritura de cancelación hipotecaria con la parte del precio que se paga.
Sobre una sola finca pueden existir varias hipotecas, embargos y cargas que tienen una prioridad de cobro según la fecha de inscripción en el Registro de la propiedad.
Además debe plantearse, quien debe pagar los gastos de cancelación.