El gobierno excluye de la bonificación del combustible de 20 céntimos a las embarcaciones destinadas a la “navegación privada de recreo”.
Según el RDL 11/2022, … “Quedan excluidos de la bonificación los productos … utilizados como carburante en la navegación privada de recreo.
A estos efectos se entiende por “navegación privada de recreo” la realizada mediante la utilización de una embarcación, que no sea de titularidad pública, por su propietario o por la persona que pueda utilizarla, mediante arrendamiento o por cualquier otro título, para fines no comerciales y, en particular, para fines distintos del transporte de pasajeros o mercancías o de la prestación de servicios a título oneroso.”
Real Decreto-ley 11/2022, que prorroga las medidas para responder a las consecuencias económicas de la guerra de Ucrania, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, ha dejado sin prórroga la venta de carburantes para las embarcaciones de recreo.
Redacción del Art 15 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.