Procedimiento de entrada y permanencia de nacionales de terceros países que participan profesionalmente en la 37.ª Copa América de Barcelona

Podrán acogerse  al proceso de la Orden PCM/861/2022, los nacionales de terceros países que vayan a desarrollar actividades laborales o profesionales en el marco de la preparación o celebración de la 37.ª Copa América de Barcelona y cuyo ámbito de actividad se encuentre entre alguno de los siguientes supuestos:

1.º Profesionales relacionados con la construcción, mantenimiento o reparación de equipos náuticos.

2.º Regatistas.

3.º Profesionales del campo de la comunicación, la logística y la gestión de eventos, con amplia experiencia en este tipo de actividades y que hayan participado en ediciones anteriores de la Copa América.

4.º Otras personas que desempeñen tareas profesionales de apoyo en el ámbito deportivo, técnico, logístico o de administración y gestión de la competición.

2. El cónyuge, la cónyuge, o persona con análoga relación de afectividad acreditada, las hijas e hijos menores de edad o mayores que, dependiendo económicamente de la persona titular, no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar y quienes sean ascendientes a cargo que dependan económicamente de la persona titular.

La autorización de residencia prevista tendrá una vigencia igual a la duración del contrato o del traslado a España, siendo su duración máxima de dos años, prorrogable cuando se mantengan las condiciones que generaron el derecho y como máximo hasta el 30 de abril de 2025